Prevención del despilfarro alimentario en Cataluña

Antes de entrar en el nuevo mundo Covid, cuando podíamos pensar en otras cosas, la Generalitat de Catalunya aprobó la nueva Ley 03/2020, de 11 de marzo, que regulará las prácticas relativas a la Prevención de las Pérdidas y el Despilfarro Alimentario (PDA) de todas las empresas que forman parte de la cadena alimentaria. Esta legislación aplica, en diferente medida, a empresas agrícolas, de comercio al por mayor, distribución y de restauración. La Ley, que por razones obvias ha pasado desapercibida, está en vigor, es derecho aplicable en Catauña, desde el 14 de marzo de 2020.

Nuestro equipo de EXNOVO Hospitality ha querido levantar por un momento la mirada del universo Covid-19, y escribir sobre algo positivo y constructivo. Tan positivo que es la primera ley en lustros aprobada por unanimidad de todos los grupos parlamentarios en el Parlamento catalán. Las consecuencias de la pandemia no deberían ser excusa para no aplicar esta ley, ya que los elementos que propone son absolutamente compatibles y paralelos con todo lo que es imprescindible para superar este momento.

Antecedentes a la normativa de las PDA

Esta ley surge de una mayor concienciación social extendida en la población occidental con prácticas que giran alrededor de la cura del planeta y la preservación de sus recursos.

A nivel alimentario, aparte del aumento en popularidad de la alimentación healthy, de tendencias como el veganismo y el consumo de productos de proximidad, han surgido movimientos que luchan contra el derroche alimentario, así como lo reaprovechamiento de aquellos alimentos que, a pesar de no cumplir las exigencias estéticas que imponen las grandes superficies, a nivel organoléptico son aptos por el consumo humano.

Los antecedentes políticos de esta nueva normativa catalana son:

  • En el 2011 la FAO en uno de sus informes cifró en 1/3 de la comida producida al mundo era tirado. Este dato tuvo un gran eco social.
  • En el 2015 la ONU incluyó dentro de la Agenda 2030 el combate a las PDA como uno de los Objetivos por el Desarrollo Sostenible (ODS).
  • En 2018, el Parlamento Europeo definió dentro de la Directiva 2018/851 las definiciones de residuo alimentario (alimentos que han acontecido residuos), pérdidas alimentarias (partes comestibles de los alimentos que quedan en zona de explotación) y el despilfarro alimentario (partes comestibles de los residuos alimentarios).  Estas definiciones surgieron del aumento de popularidad que este tipo de prácticas tenían entre la sociedad europea.

Cifras alrededor de las PDA

En Cataluña, los últimos datos registrados (datos muy pobres por su antigüedad) estiman que durante el 2010 se tiraron 262k toneladas de alimentos y con un impacto económico relativo a 841 millones de euros. Esto representa unos 35kg de alimentos derrochados y un coste de 112 € por persona y año.

El impacto ambiental de las cifras de las PDA sería el de una huella ecológica equivalente a 234k Ha. de cultivo con una correspondiente producción de más de 520k toneladas de gases de efecto invernadero. Este nivel de gases sería una cifra similar a la que producirían unos 20,3k de coches a lo largo de su vida útil.

Aspectos generales de la norma

El tronco central de esta nueva ley aprobada por el ejecutivo catalán se trata del Plan para la Prevención y la Reducción de las Pérdidas y el Despilfarro Alimentario (PPRPDA).

En este plan la empresa se compromete a reducir las PDA generadas a partir de su actividad, a cuantificarlas y evaluar su evolución, a detectar sus causas y los puntos críticos a lo largo de su proceso productivo, así como a la creación de medidas correctoras para estos. Por último, dentro de este plan, la empresa tiene que establecer una estrategia de formación por su personal en esta materia, así como la comunicación de los resultados obtenidos.

La normativa también establece que todas las empresas, a excepción de las microempresas (< 10 trabajadores), tendrán que cuantificar anualmente y presentar ante la Generalitat las cifras de las PDA relativas a su actividad y el uso al que han sido destinadas.

Finalmente, el Gobierno y el Consejo Catalán de la Alimentación otorgarán un sello de calidad por aquellas empresas que apliquen políticas de reducción de las PDA ejemplares más allá de los normativos.

Como se aplica a sectores concretos

Una vez vistas en el último apartado las aplicaciones generales de la nueva normativa de las PDA, se analizan a continuación aquellas particulares de los diferentes sectores afectados:

Sector Agrícola y Ganadero

En un plazo inferior a 1 año desde la entrada en vigor de la ley de las PDA se deberá incluir dentro de las explotaciones de este sector la regulación de la figura de los espigadores, los cuales se dedican al reaprovechamiento de los productos que se quedan después de la cosecha.

Esta posición tendrá que ser ocupada por empresas de economía social o por organizaciones sin ánimo de lucro, destinando así la recolección a personas en riesgo de exclusión social o a colectivos vulnerables.

Sector de la Distribución y Comercio

Los supermercados y grandes superficies (+400m2) estarán obligados a promocionar los productos con una fecha de consumo preferente próxima (15 días antes) con una reducción del precio original.

Si finalmente se llega a esta fecha y no se ha conseguido vender, se tendrán que ceder a entidades (previo acuerdo) que les den una salida siguiendo la siguiente escala de prioridades de consumo: humano, animal e industrial.

Las empresas de este sector también deberán incorporar políticas de funcionamiento en su actividad y realizar campañas de concienciación dirigidas a los consumidores dirigidas al fomento del aprovechamiento de los alimentos.

Aparte de incentivar la compra de productos a granel y fomentar líneas de venta de productos con imperfecciones o desperfectos, también se deberá de aceptar que los clientes lleven sus propios envases como método de almacenamiento de sus compras en alimentación. Esta última práctica también aplica en el sector de la restauración.

Administración Pública

El conjunto de entidades que componen la administración publica deberán controlar e inspeccionar la aplicación de la normativa de las PDA por aquellas empresas sobre las que tienen potestad.

Estas deberán facilitar a todas las empresas que se encuentran dentro de la cadena alimentaria guías para la elaboración de PPRPDA, un directorio con la información necesaria para las PDA y sistemas/espacios para la distribución de los excedentes alimentarios.

Otra medida a realizar es el impulso de campañas de sensibilización de los ciudadanos, de fomento de buenas prácticas comerciales e incentivación del aprovechamiento de alimentos con la fecha de consumo preferente superada. Estas también se han de adaptar a las edades del público al que van dirigidas.

Las PDA se deberán incluir como requisito dentro de los concursos públicos para la explotación de establecimientos de restauración. Los solicitantes deberán incluir un PPRPDA dentro del plan de negocio.

Por último, se dotarán de recursos económicos a los proyectos que incluyan la reducción del despilfarro alimentario y que generen el empleo de colectivos desfavorecidos. Estas también recibirán asesoramiento y ayudas en la gestión (y el proceso a seguir) de aquellos productos que sean donados por el resto de los sectores de la cadena alimentaria.

Sector Restauración y Hostelería

En cuanto a los cambios introducidos dentro de la restauración catalana, se han estructurado alrededor de los siguientes aspectos:

Las empresas gestoras de catering de comedores escolares o de hospitales deberán establecer y aplicar programas de educación para incentivar prácticas de las PDA juntamente con los centros educativos/hospitalarios. Es recomendable que los programas destinados a los alumnos sean didácticos y que fomenten también la participación de las familias.

Los bares y restaurantes tendrán que ajustar o reducir las raciones de los menús para reducir el derroche de los alimentos y fomentar (mediante la inclusión en su oferta) el consumo de productos de temporada y proximidad.

Estos también tendrán que facilitar envases biodegradables de forma gratuita cuando los clientes soliciten llevarse los alimentos que no se hayan acabado. Esta práctica tendría que ser informada de forma visible en el establecimiento, preferentemente en los menús/cartas.

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El equipo de Hospitality de EXNOVO tiene experiencia acreditada y acreditable en la consultoría para la implementación de todas estas medidas en todos los tipos de negocios arriba descritos. La mejora y eficiencia de procesos internos genera ahorro y mejora de calidad. Ambas cosas deben ser una de las palancas de la recuperación. Estamos a vuestra disposición para tratar estos temas con vosotros. Que lo inmediato no os aparte la vista de lo necesario.

Salud y fuerza a todos.

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